En una resolución conjunta los ministerios de Alimentación, Agricultura y Tierras, Comercio, Economía y Finanzas y el Centro Nacional de Comercio Exterior exoneraron de impuestos de aduana las importaciones de 46 productos considerados como de primera necesidad y de consumo masivo.
En el texto se establece que los interesados en adquirirlos deberán obtener un certificado de no producción nacional y una autorización de la Intendencia Nacional de Aduanas del Seniat. Ese documento se emitirá por cada embarque que se introduzca al país.
La medida se toma con base en el artículo 127 de la Ley Orgánica de Aduanas, reformado en noviembre de 2014 por Ley Habilitante y que establece la exoneración de los gravámenes aduaneros a productos considerados de primera necesidad “siempre y cuando existan condiciones de desabastecimiento por no producción o producción insuficiente, o cualquier otra circunstancia que vaya en detrimento del bienestar social”.
Si una empresa importa productos terminados deberá notificar a las autoridades cuáles serán los comercios donde serán expedidos al mercado nacional.
El Ministerio de Alimentación y el Centro Nacional de Comercio Exterior deberán determinar la existencia de producción suficiente de los bienes.
La resolución conjunta fue publicada en Gaceta Oficial 40.734. la medida tendrá una duración de un año y es prorrogable por el mismo período.
Los productos incluidos son del sector de alimentos: aceite de palma en bruto; aceite de soya en bruto; aceite de soya refinado; arroz con cáscara no parbolizado; arroz parbolizado, pulido o glaseado; arvejas; atún enlatado; azúcar de caña en bruto; azúcar refinado; bovinos domésticos; café sin tostar, en grano y sin descafeinar; café tostado; frijoles negros; animales de especie bovina en canales o medias canales, congelados; soya; harina de soya; harina de trigo; fructosa y glucosa; leche entera en polvo; leche UHT; leche UHT descremada; leche saborizada; lentejas; lomo de atún; maíz amarillo; maíz blanco; mantequilla; margarina; mortadela de pollo; jamón, paleta; palmito; pasta alimenticia; cerdo congelado; pollo y gallina; embutidos; sardinas en salsa de tomate; sardinas enlatadas en aceite; soya; trigo duro; trigo; encurtidos; aceitunas; alcaparras y fórmulas lácteas.
PUBLICADO: 31 de agosto de 2015