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Exonerados del IVA

Exonerados del IVA

Las importaciones de bienes de higiene personal de primera necesidad, realizadas por organismos públicos, que sean destinadas al Plan Extraordinario de Adquisición de Productos de Aseo Personal para Abastecer al Mercado Nacional, serán exoneradas del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Los productos libre de IVA serán las pastillas de jabones de uso personal, el papel higiénico, los pañales para bebés, las toallas sanitarias y la crema dental.

La medida, aprobada por decreto presidencial, fue publicada en la Gaceta Oficial número 40.257, de fecha 24 de septiembre del 2013, que circuló hoy.  Estará vigente por un máximo de un año. 


PUBLICADO: 25 de septiembre de 2013