El pasado 25 de noviembre se publicó en la Gaceta Oficial 40.547 la Providencia 57, emanada de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos-SUNDEE, en la cual se regulan las condiciones de obligatoriedad del Establecimiento y Marcaje del Precio de Venta Justo (PVJusto) en los bienes y servicios que sean comercializados o prestados en el Territorio Nacional.
La misma establece, en su articulo 3, que los productores tendrán 30 dias para adaptar sus operaciones a las normas de marcaje, mientras que los importadores deberán hacerlo en 45 dias. Es decir hasta el 25 de diciembre y 9 de enero de 2015 respectivamente.
El marcaje deberá indicar las siglas PV Justo, acompañada por el precio justo de cada producto o mercancía sin IVA; aparte deberá señalarse el importe del IVA, seguido del precio final que deberá pagar el consumidor, es decir, precio del producto más IVA. Además, deberá incluirse la fecha en la que fue marcado el precio. Todos estos datos deberán colocarse en una etiqueta que como minimo deberá tener 5 milimetros. Cuando no sea posible usar estos dispositivos, podrán utilizarse otros medios de información como listas o habladores.
PUBLICADO: 28 de noviembre de 2014